Pregunte a un abogado de inmigración: ¿Cómo puedo legalizar mi estatus?


Pregunta un lector: Vivo aquí (Estados Unidos) desde los cinco años; ahora tengo 24 y dos hijos. Temo mucho ser deportada porque en México no tengo a nadie. ¿Tengo alguna manera de legalizarme?

Respuesta de la abogada

Existen dos vías para que usted pueda lograr un estatus legal en Estados Unidos: por medios afirmativos o por medios defensivos. El medio afirmativo más común se basa en las siguientes opciones:

1. Tener familiares cercanos que son ciudadanos estadounidenses o son residentes legales.

2. Haber recibido una oferta de empleo por parte de un empleador estadounidense, o bien,

3. contar con una solicitud de asilo político con base en pasadas persecuciones o temor de futuras persecuciones en su país de origen.

El grado de parentesco más lejano que es reconocido para una inmigración con base familiar es el ser hermano de un ciudadano estadounidense. Si no tiene parientes con esa cercanía que son ciudadanos, es hijos o hijas que sean casados y que sean residentes legales. Su pregunta no menciona un marido, de modo que asumo que usted no está casada. Usted debe entonces esperar hasta que sus hijos, que son ciudadanos estadounidenses, puedan pedir su inmigración cuando lleguen a la edad de 21 años.

Hasta que llegue ese momento, usted debe explorar otras opciones.

Si el padre de sus hijos es un ciudadano estadounidense o un residente legal y ustedes todavía están juntos, les ayudará casarse. Sin embargo, aunque se casara con un ciudadano estadounidense, en esta etapa ello no sería suficiente para lograr su inmigración a Estados Unidos. La razón es que usted al parecer entró ilegalmente al país. Pero es probable que le permitan quedarse en Estados Unidos hasta su entrevista migratoria, es decir, hasta el final del proceso. Esa entrevista será en el consulado de Estados Unidos en su pais de origen.

El siguiente paso es difícil, porque en la entrevista se le rechazará su solicitud de visa de inmigración. Pero es en ese momento cuando usted puede solicitar un perdón (waiver) con base en las extremas circunstancias que sufrirá su esposo que es ciudadano estadounidense o residente legal. La ley no le permite solicitar ese perdón antes de que se le rechace la visa. Esto significa lo siguiente: usted deberá esperar fuera de Estados Unidos hasta que se decida su solicitud de un perdón.

Dependiendo de su país de origen, o nacionalidad o último país de residencia, usted podría cualificar para asilo político. Aunque la ley requiere que usted presente la solicitud de asilo político durante el primer año de su residencia en Estados Unidos, existen varias excepciones a esa regla. En su caso la más importante de esas excepciones sería la existencia de "circunstancias cambiantes" en su país de origen. Esto es algo que no se puede abordar en este artículo porque desconozco cuál es su país de origen.

Por último, existe el medio defensivo para lograr el estatus legal. Una persona en su situación, que se encuentra en proceso de deportación ante un juez migratorio, puede pedir la cancelación de ésta si demuestra todas las siguientes condiciones:

1. Diez años de presencia en Estados Unidos.

2. Buen carácter moral, y

3. Problemas extremamente y excepcionalmente difíciles para sus hijos que son ciudadanos estadounidenses si es que la deportan.

Mientras que las dos primeras condiciones son por lo general fáciles de demostrar, la tercera es muy difícil. Los problemas que usted personalmente pueda sufrir si la deportan no son considerados; solo son considerados aquellos problemas que puedan sufrir sus hijos ciudadanos o su esposo o padres residentes. Cuanto más difícil sería la situación para sus hijos si la deportan, más probable será que se le cancele a usted la deportación. En este caso se tomarán en cuenta y evaluarán cualquier tipo de incapacidad, dificultades de aprendizaje, males emocionales o físicos, la edad de los niños, la existencia o ausencia de familia en Estados Unidos o en su país de origen, y las condiciones imperantes en su país de origen.

Si es usted detenida por Inmigración, es crucial que usted tenga una representación legal eficiente. Un buen proceso legal y la buena representación de su caso podría ser lo que lleve a que el juez de inmigración le conceda la residencia legal.

***

Descargo de responsabilidad (disclaimer): Lo aquí presentado no es un análisis legal completo ni puede ser considerado asesoría legal, ni crea una relación de abogado y cliente. Para un análisis específico del caso, consulte a un abogado de inmigración experimentado para una revisión privada y extensiva de los hechos en su caso.

La abogada de inmigración Aggie R. Hoffman responde preguntas sobre la inmigración a Estados Unidos que le formulan los lectores. Envíe su pregunta a: askaggiehoffman@hispanicla.com. Para poder ser respondida su pregunta debe ser detallada. No me deje adivinando. Tome en cuenta que sin una reunión detallada con el abogado es imposible tener todos los detalels de su caso porque muchas veces el cliente no sabe cuál es la información importante y relevante.

Aggie R. Hoffman is a Certified Specialist in Immigration and Nationality Law, licensed by the State Bar of California and certified by the Bd.. of Legal Specialization. Ms. Hoffman has over 25 years of experience in a variety aspects of immigration law, from employment based (investors and PERM) to family immigration. Her victories include cases in Immigration Court, Board of Immigration Appeals, and Ninth Circuit Court of Appeals, focusing on reopening proceedings based on ineffective counsel. For more information, see www.arhlaw.biz.

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