Pregunte a un abogado de inmigración: Mi esposa anuló el pedido de visa


La abogada de inmigración Aggie R. Hoffman responde preguntas sobre la inmigración a Estados Unidos que le formulan los lectores.

Pregunta un lector:

Después de dos años de casados, mi esposa retiró la petición de visa migratoria por declaraciones que le hizo el funcionario migratorio. Mi esposa y yo estamos ahora separados. ¿Puedo todavía conseguir mi residencia legal?

Respuesta de la abogada:

Primero, déjeme decirle que su caso es complejo y que puede tener varias variantes y posibilidades. Requiere la asistencia de un abogado de inmigración experimentado para asegurar su éxito.

El éxito de la inmigración a través del matrimonio depende de si su matrimonio es real – de buena fe – y no ocurrió únicamente con el propósito de legalizarse. Por ello, para convertirse en una base para obtener el estatus de residente, se le debe aprobar su petición de visa I-130. Sin ella, el caso no puede avanzar y lo más probable es que lo coloquen a usted en procedimientos de remoción (deportación) frente a un juez de inmigración.

Según las regulaciones migratorias una vez que se retiró la petición de visa, no puede ser reinstalada. Por otra parte, no hay nada en la ley que prevenga a su esposa presentar una nueva petición, aunque estén ahora viviendo separados. Sin embargo, le será difícil obtener otra aprobación, ya que probablemente el gobierno le ponga muchos obstáculos en su camino. Prepárese a luchar contra cada una de las acusaciones en su contra.

La mejor manera de defenderse es con documentos. Si todavía está en buenos términos con su esposa, ella puede ser testigo de lo que aconteció. La manera más eficiente de avanzar aquí es que ella escriba los detalles de lo que sucedió con el funcionario de inmigración. Su esposa debe contestar y explicar las preguntas: cuándo, dónde, qué, cómo y por qué. Usted deberá demostrar que el matrimonio fue real – de buena fe. Además de presentar documentos donde los dos aparecen juntos como contrato de alquiler o compra, pagos conjuntos, cuentas de banco conjuntas, declaración conjunta de impuestos y fotos, consiga cartas de sus suegros, vecinos y amigos conjuntos.

Asimismo es crucial obtener una copia del retiro de la petición que firmó su esposa. No es buena idea y es imposible de defender una posición sin conocer los detalles o los hechos presentados en ese documento. Quizás su esposa recuerdo lo que sucedió, pero quizás no conozca la base legal o todos los detalles de lo que el funcionario le dijo, y menos conozca el contenido del documento que ha firmado.

Es improbable que Inmigración le envíe a usted una copia de ese documento. Su esposa debe pedirlo: ella tiene derecho a la copia ya que ella lo firmó. El pedido del documento debe hacerse por escrito y enviarse por correo certificado y pedido de aviso de recibido. Que ella guarde una copia de ese pedido antes de enviarlo y del recibo de que la carta llegó a su destino. Si su pedido no es respondido, deben llenar un pedido de la copia bajo la Ley de Libertad de Información (FOIA). Lamentablemente FOIA puede llevar hasta seis meses o más. Si le rechazan el pedido de FOIA, deben apelar.

Es posible que a causa de que se retiró el pedido I-130 lo pongan a usted en procedimientos de remoción (deportación) en la corte de inmigración. Para contrarrestar esta acción del gobierno su esposa debe llenar una nueva solicitud I-130. No hay límites en la cantidad de veces en que puede presentar ese pedido, en tanto no se hayan divorciado o un tribunal los haya declarado separados legalmente. Usted y su esposa podrían ser entonces llamados para una nueva entrevista, a la que ella, esperemos, asistiría con justed. Por supuesto en la entrevista y en el segundo pedido I-130 deben ustedes decir que ya no viven juntos. Ese no debería ser un problema para que se le acepte el pedido de visa I-130, porque el requerimiento principal es que su matrimonio cuando sucedió, fue en buena fe. En la mayoría de los casos se puede obtener una postergación de la audiencia de remoción hasta que se llegue a una decisión en el segundo pedido de visa I-130. Si el segundo pedido I-130 es aprobado, el juez de inmigración tiene la autoridad de concederle a usted el estatus de residencia legal.


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Descargo de responsabilidad (disclaimer): Lo aquí presentado no es un análisis legal completo ni puede ser considerado asesoría legal, ni crea una relación de abogado y cliente. Para un análisis específico del caso, consulte a un abogado de inmigración experimentado para una revisión privada y extensiva de los hechos en su caso.

Envíe su pregunta a: askaggiehoffman@hispanicla.com. Para poder ser respondida su pregunta debe ser detallada. No me deje adivinando. Tome en cuenta que sin una reunión detallada con el abogado es imposible tener todos los detalels de su caso porque muchas veces el cliente no sabe cuál es la información importante y relevante.

Aggie R. Hoffman is a Certified Specialist in Immigration and Nationality Law, licensed by the State Bar of California and certified by the Bd.. of Legal Specialization. Ms. Hoffman has over 25 years of experience in a variety aspects of immigration law, from employment based (investors and PERM) to family immigration. Her victories include cases in Immigration Court, Board of Immigration Appeals, and Ninth Circuit Court of Appeals, focusing on reopening proceedings based on ineffective counsel. For more information, see www.arhlaw.biz.
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About Jesus Camarillo

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